jueves, 1 de mayo de 2014

Catastro, valor catastral e impuestos relacionados

Catastro, valor catastral e impuestos relacionados

El Catastro es un registro administrativo que describe los inmuebles rústicos y urbanos. Depende del Ministerio de Economía y Hacienda.
Cada inmueble tiene una referencia y unas características físicas, jurídicas y económicas que se pueden ver en los certificados catastrales.
La suma del valor dado al suelo y el de la construcción es el valor catastral del inmueble según unos valores calculados generalmente mediante ponencias o revisiones catastrales de gran complejidad y generales para un municipio o área determinada o al presentar documentación la persona: nuevas construcciones, cambio de uso, etc. En este último caso el titular catastral debe comunicar el cambio con rapidez o puede ser sancionado.
Este valor catastral, por ejemplo de una vivienda, es muy importante, pues es la base de varios impuestos. Por tanto si es superior al que debiera debe de pedirse su revisión.
El valor catastral sirve entre otros:
1.- Para calcular el precio de venta de los inmuebles sujetos a TPOYAJD, impuesto regional.
2.- Como base del Impuesto de bienes inmuebles IBI, impuesto local.
3- Como base para valorar los inmuebles en sucesiones, impuesto regional y nacional a veces.
4.- Para el cálculo de la plusvalía IVTNU, impuesto local
5. Como base para el cálculo del Impuesto de la Renta de No Residentes IRNR.
Por último, comentar que el Catastro es sólo un registro administrativo como se ha dicho es decir no es válido para demostrar ser el dueño u otro derecho, como si es por ejemplo una escritura. Eso sí las características descritas en ésta deben de coincidir con lo registrado en Catastro y viceversa o pueden surgir numerosos problemas.
También destacar que si no se está de acuerdo en la cuantía del recibo de IBI, generalmente hay que revisar el valor catastral y eso es ante el Catastro no ante el Ayuntamiento pues la competencias para su valoración son de aquella y no de ésta que se encarga de la emisión, reducciones y cobro del impuesto (cuando no es delegada la competencia al Patronato de Recaudación cuestión que sucede frecuentemente en los municipios pequeños).
En resumen, asegúrese de que su vivienda o inmueble está correctamente catastrada así como que el valor declarado se corresponde con el que debe ser según las normas aplicables, podrá ahorrar dinero y problemas.

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